Las peripecias de Julian Assange en Londres han provocado comentarios comparativos con el caso de Augusto Pinochet. Baltasar Garzón pidió a Londres en 1998 que se le detuviera y se le extraditase a España.
Voy a escrbirles algo, apártense. Me he preguntado si hay alguien en el planeta que haya acudido también a todas las sesiones íntegramente de ambos casos en Londres y encuentro una sola persona, la abogada Clare Montgomery.
En Talking to Terrorists, que publiqué junto a John Bew y Martyn Frampton, dedicábamos unos párrafos a criticar el pensamiento por analogía, fuente de tantos errores. Se aplica ese criterio a Irlanda del Norte y al País Vasco y a estos dos casos.
El comentario más común es banal. Se trata de decir: se saltaron la obligación de extraditar a Pinochet pero ahora quieren extraditar a Assange, es la conducta cínica de los poderosos.
Un prólogo y una conclusión que espero que nadie juzgue que está basada en la ingenuidad sobre la capacidad de los humanos para el cinismo o la crueldad.
Prólogo.
En el caso Pinochet, su defensa intentó protegerlo con el argumento de la inmunidad absoluta de los jefes de Estado y tras no prosperar esa refutación general del caso intentó reducir su culpabilidad. Lo logró.
La sentencia favorable a la extradición limitó su justificación a los dos o tres casos de tortura probados cuando Pinochet era jefe de Estado de Chile tras haber firmado la Convención Internacional contra la Tortura de 1987, que elimina la inmunidad de los jefes de Estado.
En el caso Assange, ha existido una estrategia de limitación de culpabilidad por los supuestos delitos sexuales, que fracasó al fallar los jueces británicos que también son delitos en Reino Unido, y la apertura de una gran causa, con el argumento de que en realidad no se le persigue por eso sino por la publicación de documentos confidenciales de los Estados Unidos.
Conclusión.
El caso Pinochet no se basaba en la Orden Europa de Detención, era anterior a ella. El viejo Convenio de Extradición daba al Ministro británico de Interior, en aquel tiempo Jack Straw, el poder final de autorizar la extradición tras el fallo de los jueces.
Cuando el viejo Tribunal de los Lores falló en favor de la extradición de Pinochet a España, Straw y su colega español, Jaime Mayor Oreja, llegaron a un acuerdo para que se le enviase a Chile, con el argumento, falso o no, de que su avanzada edad y su estado de salud no permitían su extradición.
La Orden Europa de Detención elimina aquel poder residual del Gobierno y establece una cooperación directa entre las instancias judiciales. Tras el fallo favorable a la extradición a Suecia por el Tribunal Supremo- sucesor del de los Lores- el Gobierno británico no tiene ninguna decisión, más que la ejecución práctica del envío.
Yo quiero vivir en países en los que los gobiernos no quiebran la legalidad. No la quebraron en el caso Pinochet pero quebrar las obligaciones legales de Londres es lo que pide Assange.
Creo que esta saga se resolverá ( extradición de Assange a Suecia) cuando Ecuador, Reino Unido y Suecia lleguen a un acuerdo sobre un texto en el que se recuerde que Assange no puede ser extraditado desde Suecia, con autorización británica, a ningún país que pueda condenarlo a la pena de muerte, sin que británicos o suecos humillen en ese texto a Estados Unidos.
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Me ha parecido muy interesante, por la modestia tan científica de la autora, esta explicación del estado de las investigaciones sobre el escano del cerebro (MRI Funcional lo llaman) aplicado a la resolución de conflictos. Se trata de analizar cómo imaginamos las mentes de otros.
Una conclusión provisional: los poderosos se sienten más cómodos cuando dialogan con su oposición, los débiles se hacen más flexibles cuando sienten que son realmente escuchados.

